Se han convocado ayudas al estudio para el
alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el curso 2020-21.
Destinatario de estas ayudas: alumnos que el próximo curso estén
– en 1º y 2º nivel de Educación Primaria,
– en 2º, 3º o 4º ESO.
Quedan excluidos de esta convocatoria los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de primaria y 1º de secundaria al quedar cubierto el próximo curso por el sistema de gratuidad y préstamo de libros implantado por la Ley 5/2019 de 3 de abril de 2019 que modifica a la Ley 2/2018, de 26 de marzo, de Gratuidad de los Libros de Texto de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La presentación de solicitudes en junio será del 16 de junio al 6 de julio, ambos inclusive.
Para obtener estas ayudas será requisito esencial que los ingresos de la unidad familiar en el año 2019 no superen, en función del número de miembros computables, los importes máximos determinados en la convocatoria.
El importe máximo de cada ayuda que se conceda al amparo de esta convocatoria es de:
– 110 euros para los alumnos de primero o segundo nivel de Educación Primaria.
– 150 euros para los alumnos de segundo, tercero o cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria.
Las solicitudes deberán cumplimentarse a través de la sede electrónica, mediante un formulario accesible por internet en la dirección http://sede.carm.es, código de procedimiento 1690.
Se puede pedir por dos vías:
Rellenando un formulario telemáticamente con firma mediante certificado digital o cl@ve pin.
Rellenando un formulario que no requiere autentificación: cumplimentar telemáticamente y descargar en documento PDF para presentar impreso. Para esta opción, pedir cita previa en secretaría del centro de estudios (del 22 al 26 de junio) llamando por teléfono.
Pasos para solicitarlas:
1. entrar en la sede http://sede.carm.es, en el trámite código 1690 «Ayudas al estudio, para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos».
2. Pinchamos en Presentación de Solicitudes
3. Pinchamos en Solicitud de Ayuda al Estudio curso 2020-2021
4. Pinchamos en Continuar con el Trámite, abajo a la derecha
5. Selecionar el modo en que vamos a presentar la solicitud:
– Presentación electrónica (necesario DNI electrónico, clave…). Cumplimentar la solicitud, adjuntar documentación, firmar* y presentar. Guardar resguardo.
– Presentación en papel. Cumplimentar la solicitud, adjuntar la documentación, imprimir, firmar*, solicitar cita previa en el centro de estudios y presentar la solicitud. Guardar copia sellada.
* La solicitud debe ir firmada por todos los miembros de la unidad mayores de 18 años.
Deberá adjuntarse a la solicitud la siguiente documentación:
– Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identificación de extranjero (NIE).
– Fotocopia del libro de familia o, en su defecto, cualquier otra documentación fehaciente que acredite las personas que componen la unidad familiar.
– Certificado bancario del Código IBAN, fotocopia de la cartilla o captura de la pantalla de IBAN y titular en la banca electrónica de la entidad donde tiene la cuenta bancaria, con sus 24 dígitos, donde se desea recibir el importe de la ayuda, del que deberá ser titular o cotitular el padre, la madre o el/la tutor/a legal del alumno, o bien el propio alumno solicitante solo en el caso de dicho alumno disponga de D.N.I. o N.I.E.
Si el alumno titular de la cuenta no dispone de D.N.I. o N.I.E. deberá necesariamente ser cotitular de la misma el padre, la madre o el tutor, no siendo suficiente en este caso con que alguno de estos últimos sean simplemente representantes o autorizados.
– Modelo de declaración responsable implementado en el formulario de solicitud, es un documento OBLIGATORIO, que deberá ser firmado por el padre y/o madre y hermanos mayores de 18 años que convivan en el domicilio familiar (en el caso de custodia compartida deben firmar ambos progenitores), o tutor legal.
– También podrá aportar la documentación pertinente que acredite su condición de víctima del terrorismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto nº 105/2012, de 27 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
BORM Nº 136, lunes 15 de junio de 2020 (I. Comunidad Autónoma. 3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Cultura).
Extracto de la Orden de 4 de junio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan ayudas al estudio para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2020-2021.