Las Asociaciones son agrupaciones de personas constituidas para realizar una actividad colectiva de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, al menos formalmente, del Estado, los partidos políticos y las empresas (a efectos del Código Civil y de otras legislaciones, cabría hacer una interpretación mucho más amplia del término Asociación, incluyendo incluso a empresas, pero no es el caso).
Están reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y se puede tener una visión amplia del contenido de la misma consultando los Comentarios a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Así pues, las características fundamentales serían las siguientes:
- Grupo de personas
- Objetivos y/o actividades comunes
- Funcionamiento democrático
- Sin ánimo de lucro
- Independientes
Con respecto a estas características merece la pena aclarar que no tener ánimo de lucro significa que no se pueden repartir los beneficios o excedentes económicos anuales entre los socios, por tanto, sí se puede:
- Tener excedentes económicos al finalizar el año
- Tener contratados laborales en la Asociación
- Realizar Actividades Económicas que puedan generar excedentes económicos.
(Lógicamente, dichos excedentes deberán reinvertirse en el cumplimiento de los fines de la entidad.)
Si deseas información acerca de las asociaciones del municipio contacta con el Hotel de Asociaciones de San Javier:
se encuentra ubicado en el Centro de Bienestar Social, y entre otras actividades, se pone a disposición de las asociaciones un espacio físico donde realizar sus reuniones y actividades.Esta iniciativa se impulsa desde el Ayuntamiento de San Javier y es llevada a cabo por el Programa de Voluntariado.