SEFCARM_PRACTICAS

Prácticas no laborales en empresas

SEFCARM_PRACTICASPrácticas no laborales en empresas (del Real Decreto 1543/2011) se llevan a cabo en empresas o grupos empresariales

que formalicen un convenio con el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), e irán dirigidas a personas jóvenes inscritas como beneficiarias en el Fichero Nacional del Sistema de Garantía Juvenil.

El objeto de las prácticas es mejorar la empleabilidad de los destinatarios, ofreciéndoles un primer contacto con la realidad laboral a través del acercamiento a la misma, al tiempo que contribuye a completar la formación alcanzada por la persona joven.

El proceso de selección de los candidatos se realizará por el SEF. En todo caso, el proceso de selección final de las personas que van a participar en el programa de prácticas no laborales corresponderá a la empresa.

Las empresas que vayan a desarrollar las prácticas no laborales contempladas en este capítulo suscribirán un acuerdo con las personas beneficiarias de las mismas, se llevarán a cabo bajo la dirección y supervisión de un tutor y tendrán una duración entre tres y nueve meses no prorrogables. La empresa deberá informar al SEF de los acuerdos suscritos sobre prácticas no laborales A la finalización de las prácticas no laborales, las empresas, en colaboración con el SEF, deberán entregar a las personas que hayan realizado las mismas un certificado.

Las personas jóvenes participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual vigente

Las prácticas no laborales en las empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre la empresa y la persona joven.

Beneficiarios:

– dirigidas a personas jóvenes (entre 18 y 25 años inclusive),
– personas desempleadas inscritas en la oficina de empleo del SEF,
– que posean una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional o equivalente o
bien un certificado de profesionalidad.
– y carezcan de experiencia laboral (no superior a tres meses en la misma actividad).
Más información en el enlace www.sefcarm.es

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